Cambios fiscales en España a partir de Noviembre del 2012

Villa en Son Vida, Mallorca

A partir de Noviembre del 2012, las SL ya no están exentas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Quien tenga que pagar facturas en España, tendrá a partir de ahora terminantemente prohibido hacerlo en efectivo cuando se superen los 2.500 €, cuando una de las dos partes sea una empresa o un profesional. Con esta regulación, el estado quiere erradicar la costumbre bastante arraigada de pagar en efectivo sin IVA – y por tanto no declarándolo en la renta – de facturas como, por ejemplo, las de obras.

Para ventas de propiedades entre personas privadas, están exentas de esta regulación – sólo cuando el comprador sea residente fiscal en otro país. En este caso, el limite del efectivo está en un máximo de 15.000 €.

Si quiere aprovecharse de las ventajas fiscales para la compra de una propiedad, deberá evitar en el futuro hacerlo a través de una S.L.  Esta forma jurídica fue en su día el modelo preferido para poder evitar el pago del Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales. Desde finales de Octubre, la transmisión a través de una SL que tenga una vivienda como patrimonio, no estarán exentas del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y, por tanto, dejan de ser interesantes para este uso.

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